viernes, 20 de julio de 2012

Por qué el referendum Autonómico fue legal y legítimo

Nota publicada en Semanario Uno, con la palabra y la autoridad del Dr. Juan Carlos Urenda

 

Por qué el referendum Autonómico fue legal y legítimo

de Semanario Uno, el Viernes, 20 de Julio de 2012 a la(s) 11:11 ·
No hay excusas para que el Gobierno, a través de la Justicia, viole el principio universal de respeto al mandato de la soberanía popular. Lo dice Urenda ante la presión oficial para destituir al gobernador cruceño Rubén Costas.

Juan Carlos Urenda / Abogado


Como están las cosas, este artículo también podría haberse titulado “porqué el referéndum autonómico del 4 de mayo de 2008 no fue un delito” ya que, en realidad, constituyó el corolario del mayor esfuerzo de consulta ciudadana llevado a cabo en la historia de Bolivia, como no me he cansado de repetir.

El proceso nació con la utilización del artículo 4 de la Constitución que establecía que el pueblo delibera y gobierna a través del referéndum, así como de la iniciativa legislativa ciudadana y de la Ley de Referéndum.  Se recabaron cerca de quinientas mil firmas en el Departamento de Santa Cruz, las que fueron certificadas en número suficiente por la Corte Nacional Electoral. Luego el Parlamento a aprobó por unanimidad la Ley del referéndum nacional vinculante por las autonomías que se llevó a cabo el 2 de julio de 2006, aprobado en Santa Cruz con el voto favorable del 72 % y porcentajes parecidos en Beni, Pando y Tarija.

Dicho referéndum obligaba a la Asamblea Constituyente a incorporar un régimen que garantizase la vigencia inmediata de autonomías departamentales plenas en los departamentos que así lo habían decidido, y, sin embargo, el texto aprobado “en grande” en el recinto militar de La Glorieta y “en detalle” en Oruro, al margen de sus groseros vicios procedimentales, aprobó un texto que no contemplaba las autonomías departamentales como las había mandado el referéndum nacional.

Esa desobediencia de la Asamblea Constituyente al mandato del soberano expresado en las urnas (el referéndum es democracia directa), obligó naturalmente a lo que se denominó “reconducción soberana del proceso autonómico”, que consistió en diseñar un nuevo referéndum para volver a preguntar al pueblo no si ya quería autonomías o no –esa cuestión ya había sido respondida en el referéndum del 2 de julio de 1996—sino consultar su voluntad para dotarse de un régimen autónomo propio, a la espera de un marco constitucional que permita el desarrollo veraz de regímenes departamentales autónomos. En otras palabras, había que convocar a un referéndum para hacer cumplir un referéndum anterior, en un proceso de doble consulta popular de inédito y profundo contenido democrático.  

Y así fue que Santa Cruz se puso manos a la obra. El borrador de Estatuto que había preparado la Comisión de Autonomía del Comité Pro-Santa Cruz, sirvió de borrador de trabajo para la Asamblea Provisional Autonómica -creada en el Segundo Cabildo en enero de 2005- que estaba compuesta por todas aquellas personas que tenían representación popular: los 56 presidentes de los consejos municipales,  los diputados, los miembros del Consejo Departamental y los miembros de la bancada de constituyentes. Dicha Asamblea, luego de casi dos años de trabajo finalmente aprobó el texto final del Estatuto el 15 de diciembre de 2006 en una sesión histórica de 50 horas ininterrumpidas.

El referéndum para ratificar el estatuto realizado el 4 de mayo de 2008 (al que le siguieron los de Beni, Pando y Tarija, en ese orden), fue convocado por el prefecto en base a la Ley de Referéndum que facultaba al gobierno departamental, elegido por voto popular,  a convocar a referéndum, y, como los prefectos ya habían sido elegidos por voto popular en base a la Ley Interpretativa del Artículo 109 de la CPE, se cumplió con la condición de la ley y se llevó adelante el proceso.

Los principios que rigieron este proceso fueron: (i) el de soberanía popular expresados en los artículos 4, 35 y 229 de la Constitución de 2004, (ii) el de participación de los ciudadanos en la conformación de los órganos del poder constituido ratificado por la Sentencia Constitucional No. 75/2005, y (iii) el Pacto de San José de Costa Rica, art. 23, I. (Para abundar en el proceso ver “El sueño imperturbable” de Juan Carlos Urenda Ed. El País, 2009).

Todas las medidas normativas o administrativas adoptadas en dichos procesos estatutarios ya sea por los consejo departamentales,  o los prefectos de los cuatro departamentos, fueron una consecuencia del mandado soberano emanado del referéndum del 2 de julio de 2006, que “forma parte del orden jurídico del sistema constitucional boliviano como parte del bloque de constitucionalidad”,  como lo estableció la Sentencia Constitucional 0069/2004. Por ello, teniendo todo el proceso autonómico rango constitucional, es que constituye una torpeza pretender criminalizarlo, demostrando una miope negación del espíritu autonómico de los departamentos que aprobaron sus estatutos.

Posteriormente, en el Referéndum Revocatorio del 10 de agosto del 2008, en el que la población votó por “…la continuidad de las políticas, las acciones y la gestión del Prefecto…” que en los departamentos autónomos eran sus estatutos, en el Departamento de Santa Cruz esto fue ratificado con el 66 por ciento, lo que significó un nuevo respaldo popular al proceso autonómico-estatutario.

Finalmente, vino el Referéndum para aprobar la Constitución, y, como ésta no recogió las aspiraciones autonómicas expresadas en las urnas, en buena medida por esa razón Santa Cruz la rechazó con el 65 por ciento de los votos. Los departamentos de Beni, Pando y Tarija tuvieron un desempeño de votación similar.

Hubo pues un proceso legítimo y legal del que debemos sentirnos orgullosos y no permitir que nos lo arrebaten y menos que sirva de excusa para violar el principio universal del respeto al mandato de la soberanía popular, base fundamental del sistema democrático.


SemanarioUno, Edición 468


En Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija hubo un proceso legítimo y legal, tal como lo refieren los hechos relatados por Juan Carlos Urenda para demostrar que el Referendum Autonómico del 4 de mayo de 2008 “no fue un delito”.

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